¿Qué derechos tengo ante las llamadas de cobranza extrajudicial?

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Sep 26, 2022 9:51:59 AM

¿Qué derechos tengo ante la cobranza extrajudicial? - defensadeudores.cl Conoce la nueva ley de cobranza extrajudicial, los límites que le pone a las empresas y los derechos que tienes como consumidor.

Desde el 2021 la cobranza extrajudicial sufrió cambios, con el objetivo de dejar atrás el hostigamiento del que eran víctimas muchas personas deudoras. Se trata de la Ley 21.320, que modifica la Ley 19.494 sobre protección de los derechos de los consumidores en esta materia y otros temas relacionados.

La finalidad de esta nueva ley, explica Ricardo Ibáñez, abogado y socio fundador de defensadeudores.cl, “es limitar las llamadas de cobranza telefónicas abusivas por parte de las empresas en contra de los deudores; para fortalecer sus derechos como consumidores”.

Si bien la antigua normativa indicaba que las empresas no podían hostigar ni informar a otras personas sobre las deudas de los consumidores, no existía un mecanismo que controlara el número de llamadas que, tanto proveedores o las empresas de cobranza, hacían en contra de sus deudores.


¿Qué es la cobranza extrajudicial?


Es el procedimiento que realizan las empresas para informar a la persona deudora sobre la mora o el retraso en el cumplimiento de sus obligaciones. “Es, en definitiva, una herramienta que tienen los proveedores para insistir en el pago de lo que se le adeuda. Para hacerlo, por lo general, contratan empresas de cobranza que se encargan de hacer el contacto, por distintos medios”, indica el abogado.

5 cosas que no pueden hacer las empresas de cobranza extrajudicial:

  • Informar a terceros de la situación de morosidad.
  • Llamar a la familia por deudas.
  • Dejar recados con compañeros de trabajo o jefatura.
  • Enviar cartas que simulen ser demandas judiciales.
  • Amenazar con embargo o el remate de bienes. Esto sólo lo decreta un tribunal en un proceso de cobranza judicial.

¿Cuándo se pueden comunicar las empresas de cobranza extrajudicial?

Sólo pueden realizar una visita o una llamada telefónica a la semana.


Adicionalmente, pueden realizar otras dos gestiones remotas durante la semana, con al menos dos días de diferencia, por ejemplo, enviar correos, correos electrónicos, SMS o mensajería instantánea.


Los llamados de cobranza sólo se pueden realizar de lunes a sábados entre las 8:00 y las 20:00 horas.

¿Qué hacer si se vulneran estos derechos?


En caso de vulneración de los derechos como consumidor, en materia de cobranza extrajudicial, se puede ingresar al Portal del Consumidor que habilitó el Sernac y entrar a la opción “No me hostiguen cobranzas”, creada especialmente para estos casos. Además, existe la alternativa de hacer una demanda en el Juzgado de Policía Local. Y otras instancias legales para las que se requiere la representación de un abogado.


Sanciones para las empresas que infrinjan la Ley 21.320
Los Tribunales de Justicia pueden establecer multas de hasta 300 UTM. Esto es, más de 15 millones de pesos chilenos.

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