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La Renegociación puede ser la solución a tu problema

Conoce las etapas de la Renegociación de deudas 

Importante: Los tiempos del proceso de Renegociación son estimados y dependerán - entre otros factores - de la envío de la información solicitada al cliente.

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"¡Son los mejores! No lo dudes, atención personalizada, muy buena atención y trato de todos, empezando en recepción. Realmente están al pendiente de tu situación"
Monica del Solar
Santiago
"Por que me encanto este lugar fue por la amabilidad que me atendió la secretaria y el abogado se nota su profesionalidad"
Luis Guamán
La Serena
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Erwin JAC
Viña del Mar
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Antofagasta
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"Logré salir de las deudas gracias a ellos... hoy estoy tranquila y dejé de pensar en cómo llegar a fin de mes ¡Muchas gracias!"
Mariana Fredez
Mariana Fredez

Santiago

"¡Salvaron mi negocio! Pensé que todo estaba perdido, hablé con ellos, me recomendaron reorganizar y seguir funcionando"
Jorge Vidal
Jorge Vidal

Valdivia

"¡Volví a dormir tranquilo! lograron reorganizar mis deudas, hoy pago mucho menos mes a mes. Se las mandaron"
Catalina Gallardo
Catalina Gallardo

Coquimbo

"Mil gracias. No solo me ayudaron a salir de las deudas, sino que me aconsejaron y acompañaron en cada paso que dimos para recuperar mi tranquilidad"
Carlos Quezada
Carlos Quezada

Viña del Mar

"Quería hacer una quiebra personal, pero el abogado me mostró que hay otros caminos. Siento que volví a nacer gracias a ellos"
Juan Díaz
Juan Díaz

Antofagasta

Preguntas frecuentes sobre la Renegociación de deudas:

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la Renegociación?

Podrán acceder todas las personas naturales como trabajadores dependientes o independientes, dueñas de casa, jubilados, entre otros, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos.
  • Las deudas deben sumar más de 80 UF ($2.880.000 aprox.)
  • No tener juicios ejecutivos notificados.
¿Qué deudas se pueden Renegociar?
  • Créditos de consumo.
  • Líneas de crédito.
  • Deudas por tarjetas de crédito.
  • Créditos de las Cajas de Compensación y Asignación Familiar.
  • Deudas de TAG.
¿Qué deudas no se pueden Renegociar?
  • Deudas de pensión de alimentos.
  • Obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos.
  • Deudas indirectas (fiador, codeudor, avalista)
  • Cotizaciones previsionales.
  • Créditos con Aval del Estado o Fondo Solidario.
¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo con los acreedores en la audiencia de renegociación?

La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento enviará los antecedentes al Tribunal que corresponda, de acuerdo con el domicilio de la persona y se iniciará una Liquidación Simplificada.

Se trata de la quiebra no voluntaria del deudor.

¿Cómo se gestiona la Renegociación?

Es un proceso que puede realizarse de manera gratuita en la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Sin embargo, cuando el deudor es representado por un abogado podrá evaluar riesgos previamente: por ejemplo, si la Renegociación fracasa deberá someterse de manera obligatoria a una Liquidación (o quiebra) Refleja.

¿Beneficios de la ley para personas que emitieron boleta de honorarios?

Desde agosto de 2023 pueden Renegociar sus deudas las personas que hayan emitido boletas de honorarios y que hasta antes de la modificación a la ley eran consideradas empresa.

¿Qué pasa cuando finaliza el proceso de Renegociación?

Una vez finalizado el proceso, el deudor deberá acudir a cada acreedor para firmar pagarás donde consten las nuevas condiciones pactadas.

Asimismo, deberá solicitar que se limpien sus antecedentes comerciales, tanto en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) como en el Boletín Comercial (DICOM).

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