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Sebastián Muñoz. Ricardo Ibañez y Tania Olivera abogados DD.cl

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¿Qué es un Juicio Ejecutivo?

Es un proceso judicial para cobrar deudas respaldadas por un título ejecutivo, como pagarés, letras de cambio o sentencias. 
 
Para realizarlo, primero se debe notificar al deudor de la existencia de la deuda y de la intención del acreedor de iniciar un juicio ejecutivo.
 
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Etapas de un Juicio Ejecutivo

PASO 1
Demanda
El acreedor presenta la demanda con el título ejecutivo.
PASO 1
PASO 2
Notificación al deudor
 Recibe la demanda y el plazo para oponer excepciones juicio ejecutivo es de 8 días hábiles.
PASO 2
PASO 3
Embargo
 Si no paga ni se opone, el tribunal puede embargar bienes. El deudor puede pedir alzamiento (detener la ejecución) o reducción (disminuir el monto reclamado). 
PASO 3
PASO 4
Remate
Los bienes embargados se subastan para pagar la deuda. 
PASO 4
PASO 5
Pago
Con lo recaudado se paga al acreedor. Si no alcanza, el deudor sigue obligado a cubrir la diferencia, incluso con embargo de todas sus cuentas corrientes o retención de impuestos. 
PASO 5

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Preguntas frecuentes sobre el Juicio Ejecutivo

¿Qué significa el abandono del procedimiento?

El abandono del procedimiento es una forma en que un juicio ejecutivo puede terminar. Siempre y cuando el acreedor no realice una gestión útil durante un plazo determinado por la ley.  

Este puede ser seis meses o tres años dependiendo si existe una sentencia en tu contra o un equivalente. 

Para poder solicitar el abandono del procedimiento requieres un abogado para que lo pida al tribunal. Esto puede ser una herramienta clave de defensa, siempre que se cumplan las condiciones legales. 

¿Cuándo solicitar el abandono del procedimiento Juicio Ejecutivo?

Si cumples con uno de los siguientes requisitos, el juicio ejecutivo puede terminar mediante el abandono del procedimiento:

  1. Te defendiste con un abogado y todavía no hay sentencia, el plazo es de seis meses desde la última actuación útil.
  2. Si te defendiste con un abogado y hay sentencia negativa, el plazo es de tres años.
  3. Si no te defendiste y pasó el plazo para oponer excepciones, el plazo es de tres años.

¿Me puedo defender después de los ocho días?

Así es. Mediante una asesoría jurídica, podemos determinar si existe un vicio (error) en la notificación y, en el caso que hubiera, retrotraer el juicio al estado anterior a la notificación y volver a poner excepciones. Incluso es posible interponer la excepción de prescripción si es que ha pasado el año desde el pagaré. Sin embargo, reiteramos que es fundamental contar con la asesoría de un abogado. 

¿Qué bienes se pueden embargar en un Juicio Ejecutivo?

En un Juicio Ejecutivo se pueden embargar todos los bienes exceptuando los inembargables. Esto incluye cuentas bancarias, vehículos, propiedades y bienes muebles como electrodomésticos, celulares, entre otros. 

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