¿Qué beneficios tiene la quiebra de pymes?

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Jan 30, 2026 8:00:00 AM

Hay casos extremos, en los que el negocio no rinde, o por factores externos no logra salir adelante. Si tu empresa está en esta situación, la quiebra de pymes (también conocida como Liquidación Voluntaria Simplificada) puede ayudarte.

¿Qué es la Liquidación Voluntaria Simplificada?

El procedimiento de Liquidación Voluntaria Simplificada es legal y está establecido en la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, también conocida como Ley de Quiebras.

Les permite a las Micro y Pequeñas empresas cerrar ordenadamente sus operaciones y liquidar sus activos de manera eficiente.

Es un proceso especial, de rápida tramitación y sin costos de administración para el deudor mientras dure el proceso. Está dirigido a las pymes que sus deudas sobrepasan su capacidad de pago.

¿Cuál es el objetivo de la Liquidación Voluntaria Simplificada?

El objetivo es la venta rápida y eficiente de los bienes de un negocio que califique como micro o pequeña empresa. Tiene como fin último pagar a sus acreedores.

¿Cuáles son los beneficios de la Liquidación Voluntaria Simplificada?

Si tu pyme se declara en quiebra, extinguirá todas sus deudas. Entre ellas deudas de impuestos, deudas laborales y de cotizaciones previsionales. Además de créditos de consumo, hipotecarios, deudas de leasing, deudas con proveedores y de arrendamiento, entre otras.

No importa si el dinero obtenido de la venta de los bienes del negocio es menor a la deuda. De todas formas, todas las obligaciones incluidas en este procedimiento se extinguirán, una vez se publique la resolución de liquidación.

¿Quiénes pueden acceder a la Liquidación Voluntaria Simplificada?

En este caso, este procedimiento legal está dirigido a empresas calificadas como micro o pequeña empresa:

  • Microempresa: Registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que no hayan superado las 2.400 UF y tener contratado 1 a 9 trabajadores.

  • Pequeña empresa: Registrar en el último año calendario ingresos anuales por ventas y servicios que estén entre las 2.400 y 25.000 UF y tener contratados 10 a 49 trabajadores.

¿Cuáles son los requisitos para someterse a la Liquidación Voluntaria Simplificada?

  • Acreditar una situación de insolvencia económica.

  • En el caso de la empresa deudora, acreditar mediante declaración jurada la circunstancia de ser micro o pequeña empresa.

  • No haberse sometido a un procedimiento concursal de liquidación o de liquidación simplificada dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud.

¿Qué deudas se pueden liquidar?

  • Pago a proveedores.
  • Créditos a Casas Comerciales.
  • Créditos de Consumo.
  • Créditos Hipotecarios.
  • Leasing.
  • Deudas por arrendamiento.
  • Deudas de impuestos.
  • Deudas Previsionales.
  • Deudas Laborales.

¿Qué deudas NO se pueden liquidar?

  • Pensión de alimentos que el deudor debe por ley, si son persona natural con giro.

  • Las obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos civiles y/o penales.

  • Los créditos CAE educacionales (por interpretación del tribunal competente).

¿Cuáles son las señales de alerta económicas?

  • Pedir préstamos personales para cubrir gastos de la empresa.
  • Postergar el pago a proveedores.
  • Factorizar documentos o recurrir a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).
  • Buscar formas de financiamiento informal.
  • Declarar cotizaciones previsionales, pero no pagarlas.

¿Se necesita abogado para someterse al proceso de Liquidación?

. El procedimiento se inicia presentando una solicitud de liquidación voluntaria simplificada ante el tribunal civil correspondiente al domicilio de la micro o pequeña empresa. Esto debe ser patrocinado por un abogado (a).

Es importante recalcar que la quiebra de pymes es una alternativa de último recurso para negocios que no son viables. Si no hay otra opción, como reorganizar los activos, declararse en quiebra permite cerrar de forma ordenada.

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