Embargo: ¿Qué bienes se pueden embargar y cuáles no?

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Sep 1, 2026, 8:00:00 AM

El embargo por deuda es una consecuencia legal de una demanda judicial por deudas impagas en Chile.

Si no te defiendes, podrían embargar tus bienes para pagar lo que tengas en mora. En ese caso, un receptor judicial, que actúa como ministro de fe, visita el domicilio del deudor y anota los bienes que encuentra.

Ese listado es la base para un eventual remate, con el que se paga la deuda al acreedor. Sin embargo, no todos los bienes corren la misma suerte.

¿Todos los bienes son embargables?

La regla general es que sí: todos los bienes de una persona natural pueden ser embargados.

La excepción son los bienes inembargables, una lista definida por lo dispuesto en el artículo 445 del Código de Procedimiento Civil que protege lo esencial para vivir. Así como por el artículo 1618 del Código Civil.

Bienes no embargables

  • La cama del deudor, su cónyuge y los hijos que vivan con él o ella.

  • Ropa necesaria para el abrigo del deudor y su familia directa.

  • Muebles de dormitorio y comedor de uso familiar necesarios para su subsistencia.

  • Utensilios caseros y de cocina, además de mercadería necesaria para el consumo de la familia.

  • Máquinas e instrumentos que use el deudor para enseñar alguna ciencia o arte, hasta los 50 UTM (3,5 millones de pesos).

  • Objetos indispensables para el ejercicio profesional del arte u oficio. Esto, solamente si el deudor es artista, artesano u obrero de fábrica, aunque podrían ser otras actividades similares.

  • Combustible para asegurar la subsistencia personal o familiar.

  • Remuneraciones con tope legal: NO se puede embargar el monto del sueldo que esté bajo las 56 UF (2,2 millones de pesos).

Bienes embargables

  • Vehículos.

  • Propiedades.

  • Electrodomésticos y tecnología.

  • Celulares.

  • Joyas.

  • Cuentas corrientes.

  • Muebles que no sean de primera necesidad, como sillones, rack, vitrina o mesa de centro.

¿Qué se hace durante el embargo?

El embargo no significa que los bienes se retiren de inmediato. El receptor judicial solo hace un listado.

Desde ese momento, el deudor pasa a ser depositario provisional: puede seguir usando esos bienes, pero no venderlos, regalarlos ni cambiarlos. Si lo hace, podría acarrear una sanción penal.

Con el remate de esos bienes se paga la deuda al acreedor, que puede ser un banco, una casa comercial o una caja de compensación, entre otros.

¿Qué es el retiro de bienes?

El retiro de bienes viene después del embargo y antes del remate. Es el momento en que los bienes listados se retiran físicamente del domicilio, algo que solo ocurre por orden del tribunal, a petición del acreedor.

¿Cuál es el plazo para defenderme de una demanda judicial y evitar el embargo?

Desde que te notifican la demanda y te requieren de pago, tienes ocho días hábiles para defenderte, menos los días festivos y domingos. Ten presente que el sábado, por regla general, es un día hábil judicialmente a menos que sea festivo.

Presentar tus excepciones dentro de ese plazo es la forma más directa de evitar que el embargo avance. Para eso necesitas la representación de un abogado.

¿Cómo saber si tengo orden de embargo en Chile?

Lo primero es revisar si es que fuiste notificado de una demanda y requerido del pago. Esto lo puedes confirmar en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial, en la sección "Mis Causas". Ahí puedes buscar por nombre completo, tipo de causa y tribunal.

Si es que existe la demanda y no presentaste excepciones en el plazo establecido, el demandante puede solicitar el embargo y retiro de bienes fácilmente. Y esto último no tiene una fecha establecida, puede ser en cualquier día hábil posterior.

Es recomendable revisar esto a tiempo para actuar antes de que el proceso judicial avance.

¿Por cuánto dinero te pueden embargar en Chile?

No hay un monto mínimo de deuda que signifique un embargo. Basta con que la deuda esté respaldada por un título ejecutivo, sea líquida, exigible y no esté prescrita.

¿Me puedo oponer al embargo?

Si el receptor judicial va a tu inmueble a realizar el embargo, puedes negarle la entrada, o sea, oponerte al embargo.

Posterior a eso, el demandante solicitará la intervención de la fuerza pública con orden judicial. Ahí, ellos pueden ingresar y realizar el procedimiento.

Lo mejor es evitar esta situación defendiéndote con abogados expertos. Con la representación adecuada, podrías:

Si enfrentas un embargo por deuda o una demanda judicial y quieres evitar que avance, en DefensaDeudores.cl llevamos más de 25 años ayudando a personas con deudas impagas a defender su patrimonio.

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