¿Qué pruebas se pueden presentar en un juicio de tercería?
Existen varios documentos que se podrán presentar. Entre ellos la boleta de compra de los bienes embargados o certificados que acrediten el domicilio del demandante de tercería. Y además, el testimonio de personas que declaran que los bienes efectivamente corresponden a quien los reclama.
¿Cuáles son los beneficios de las tercerías?
La tercería es la única forma en que se puede dejar sin efecto un embargo recaído sobre bienes ajenos al deudor. Por lo mismo, una vez que se presente la acción judicial, el tribunal podrá ordenar que no se avance con la ejecución de los bienes que fueron embargados hasta que se resuelva la tercería. En otras palabras, si se acredita no te podrán embargar los bienes.
Por eso, entender qué es la tercería de posesión es muy importante, ya que te puede salvar de una situación incómoda.
¿Qué es un embargo?
Es el acto en el cual un receptor judicial va al domicilio informado por el deudor y toma nota de los bienes materiales que ahí se encuentren. En el embargo no se retiran las especies, pero éstas no pueden ser trasladadas a otro lugar ni ser vendidas.
¿Qué es el retiro de bienes?
Es un paso posterior el embargo. Consiste en la incautación de los bienes materiales que anotó el receptor judicial durante el embargo. Podría evitarse a través de una tercería de posesión si es que los bienes embargados no son del deudor.
¿Me puedo oponer al embargo?
No es posible oponerse cuando existe una orden del tribunal para que intervenga la fuerza pública, pero sí puedes evitarlo. Podrías acogerte a las Ley 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento, que ofrece dos alternativas: renegociación de deudas y liquidación voluntaria.
Si tu carga mensual es muy alta debido al pago de deudas, y tienes 2 o más deudas que juntas sumen 80 UF mínimo y tengan 90 días de mora, podrías renegociar y buscar un nuevo acuerdo de pago.
Por otro lado, si te encuentras en insolvencia y debes más de lo que puedes pagar, una liquidación voluntaria o también conocida como quiebra es la mejor alternativa. Con esto, se rematarán tus bienes para pagar a los acreedores.
De ambas maneras podrás salir de DICOM y recuperar la tranquilidad.
¿Todos los bienes son embargables?
Todos los bienes son embargables, excepto aquellos indispensables para la subsistencia como, por ejemplo, las camas, la cocina, alimentos, entre otros.
Si quieres presentar una tercería de posesión, o tomar medidas para evitar un embargo, en DefensaDeudores.cl y GrupoDefensa.cl te podemos ayudar.
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Recuerda: ¡La primera asesoría es sin costo!