Las deudas en salud, en las que se firma un pagaré o cualquier otro título, son deudas por las que podrían demandar a las personas en Chile. La cobranza judicial para este tipo de deudas es igual a aquellas de otra naturaleza, como pueden ser las contraídas con la banca o el retail. Por lo que, si te demandaron por un pagaré impago de una operación, por ejemplo, podrías defenderte e incluso agregar tu deuda de salud en una posible liquidación o quiebra de tus bienes.
Pero antes de llegar a tramitar tu caso en tribunales, ¿qué opciones tienen las instituciones de salud para cobrar? ¿Pueden realizar la cobranza extrajudicial? ¿Pueden enviar a DICOM o a algún otro registro de morosidad a una persona por deudas de salud impagas a una Isapre, a Fonasa o a alguna clínica privada?
¿Las deudas de salud pueden ir a DICOM?
Para que una deuda -del tipo que sea- vaya a DICOM, la persona debió haber aceptado por escrito la posibilidad de ingresar a este u otro registro de morosidad, al momento de contraer la deuda. Eso, en el caso de la salud puede suceder al momento de firmar un pagaré por una prestación médica.
Los límites para la cobranza extrajudicial, en el caso de la salud, son los mismos que para cualquier otro tipo de deuda, según lo legislado sobre el derecho a los consumidores. Esto quiere decir, según lo expresado por el Sernac, que la empresa de cobranza:
“No puede llamar o visitar al consumidor más de 1 vez a la semana, o, tratándose de otras actuaciones (SMS, correo electrónico, carta física, mensajería instantánea, etc.), no puede realizar más de 2 a la semana, las que, además, deben contar con una separación de al menos 2 días”. Además, las empresas no pueden enviar cartas que tengan la apariencia o simulen ser una carta de cobranza judicial.
Pero ¿qué pasa en particular en cada sistema de salud?
¿Las deudas de Isapre pueden ir a DICOM
La circular IF/N°1 de la Superintendencia de Salud regula que, en contexto de cobranza extrajudicial, las Isapres no pueden hacer referencia a la posible incorporación de antecedentes a un registro de morosidad como DICOM, sin advertir previa y expresamente los requisitos y limitaciones legales a las que está sujeta la interposición de dichas acciones.
Luisa Martínez, abogada de defensadeudores.cl, explica en simple, que “las Isapres no te pueden advertir que te enviarán a un registro como DICOM. En estricto rigor, no se prohíbe que te manden a DICOM, pero sí que te lo comuniquen. Esto, en la práctica significa que no estamos viendo deudas de Isapre en DICOM”.
¿Las deudas de Fonasa pueden ir a DICOM
Fonasa publica las deudas respecto de los empleadores que tienen atraso con el pago de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, pero, respecto de las prestaciones de salud adquiridas por las personas naturales, no existe un registro público.
¿Qué es la condonación de pago de Fonasa?
Es un procedimiento que ofrece Fonasa para ayudar con el pago de la cuenta hospitalaria en la Red Pública de Salud. El beneficio se entrega previa evaluación socioeconómica realizada por Fonasa, del afiliado solicitante. En definitiva, se trata de un apoyo financiero en el pago de la cuenta por atenciones hospitalarias, lo que te permite reducir total o parcialmente tu deuda.
¿Existe algo como la condonación de pago de Fonasa para las Isapres?
No hay un mecanismo legal que obligue a las Isapres a condonar las deudas a sus afiliados. Esto va a depender de cada Isapre.
¿Las deudas de clínicas privadas pueden ir a DICOM
Cuando se suscribe una prestación médica de forma particular, es decir, de forma directa con una clínica privada, te hacen firmar un pagaré. Por lo general, en ese documento se expresa explícitamente que puedes ser publicado en boletines comerciales. Por lo que, este tipo de deudas de salud, si puede aparecer en los registros de morosidad como DICOM.
¿Me pueden demandar por deudas de salud?
Sí, siempre que se hayan firmado documentos como pagarés. Esto corre para todas las prestaciones de salud. En caso de ser notificado de una demanda judicial por deudas impagas tienes derecho a defensa.
¿Las deudas de salud prescriben?
Al igual que otro tipo, las deudas de salud también pueden prescribir. Aunque, para ser precisos, la abogada Martínez explica: “Más que apuntar a la prescripción de la deuda, las acciones judiciales prescriben de acuerdo con el tipo de documento que haya firmado el deudor”.
¿Tienes deudas de salud impagas?
Si tienes deudas de salud consulta con nuestro equipo de abogados, quienes pueden orientarte para no llegar a instancias de cobranza judicial. En el caso de que ya te haya llegado la demanda, contacta a nuestro estudio jurídico para que tomemos tu caso, lo analicemos y te defendamos. Una de tus opciones puede ser la quiebra.
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