Solicitar un crédito de consumo puede parecer una solución rápida frente a emergencias, proyectos personales o incluso vacaciones. Sin embargo, si no se evalúan bien los costos y consecuencias, puede transformarse en un problema financiero serio.
Un crédito de consumo es un préstamo que otorgan instituciones financieras para financiar distintos tipos de gastos personales. Pueden ser bancos, cajas de compensación, cooperativas y casas comerciales.
Esto incluye desde la compra de muebles y electrodomésticos hasta emergencias médicas.
El abogado Mario Espinosa, director Legal de GrupoDefensa.cl, explicó en el programa ADN Te Escucha que “el crédito de consumo es literalmente un préstamo. Te prestan plata a un precio, y ese precio es el interés”.
Es importante comparar entre entidades fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) o la Superintendencia de Seguridad Social. Esto, porque existen riesgos reales al acudir a prestamistas informales.
“Los créditos de consumo se recomiendan para desembolsos mayores que agreguen valor. Puede ser una remodelación, la compra de un vehículo para generar ingresos o una emergencia médica”, aconseja el abogado Espinosa.
Un error común es usar estos créditos para cubrir déficits mensuales, lo que termina agravando la situación de sobreendeudamiento.
La principal consecuencia es que ingresarás a DICOM. Pero, en el peor de los casos, incluso podría llegar un embargo de bienes.
“Vence una cuota y desde ese día se empiezan a generar intereses por mora, generalmente al interés máximo convencional. Además, a partir del día 21, gastos de cobranza extrajudicial”, señala Mario Espinosa.
Además de las tasas de interés, si no se paga en los primeros meses, el caso puede escalar a juicio. En otras palabras, crece la posibilidad real de embargo de bienes muebles o incluso de una propiedad.
Sin embargo, es importante recalcar que el embargo no es un retiro inmediato. Es solo un inventario de bienes, pero si el juicio sigue, se puede llegar hasta el remate.
Chile cuenta con herramientas legales para enfrentar una deuda por crédito de consumo. La Ley 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento, también conocida como Ley de Quiebra, permite dos caminos principales:
La renegociación administrativa busca conseguir mejores condiciones de pago a través de un acuerdo entre el acreedor y el deudor. Se puede lograr la reducción del capital adeudado, del monto de las cuotas y hasta tres meses de gracia. Todo esto, sin intereses.
Se tramita ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) de forma gratuita y no necesitas abogado. Sin embargo, la recomendación es contar con asesoría porque, si el procedimiento falla, caerás en una liquidación forzosa.
Además, aparte de tu deuda por un crédito de consumo, necesitas mínimo dos deudas que tengan 90 días de mora y sumen más de 80 UF. Y, lo más importante, no puedes estar demandado por esas deudas.
Cuando te encuentras en una situación de insolvencia, o sea, debes más de lo que puedes pagar, la quiebra podría ser la solución. Con ella, se rematarán tus bienes y con ese dinero se pagará a los acreedores. Con esto, puedes extinguir todas las deudas, incluido el crédito de consumo.
Al final de este procedimiento, saldrás de DICOM.
Antes de firmar un crédito, asegúrate de que puedes pagarlo sin que supere el 25% de tu ingreso mensual. Además, te aconsejamos:
“El CAE permite comparar peras con peras. No se trata solo del interés, sino de todos los costos asociados al crédito”, explica el abogado Espinosa.
El crédito de consumo puede ser útil si se usa de forma responsable y con información clara. De lo contrario, puede llevarte a situaciones graves, como el DICOM o incluso una demanda de cobranza y posterior embargo y remate de bienes.
Antes de tomar una decisión, evalúa todas las opciones y, si ya estás en dificultades, busca asesoría legal especializada. En los más de 25 años de trayectoria de GrupoDefensa.cl y DefensaDeudores.cl, hemos ayudado a más de 500 mil personas a salir de las deudas.
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Recuerda: ¡La primera asesoría es sin costo!