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Contribuciones: ¿Qué son y qué pasa si no las pago?

Escrito por DefensaDeudores.cl | Oct 7, 2025 9:00:00 PM

El pago de contribuciones es una obligación clave para los propietarios de bienes raíces en Chile.

Este impuesto territorial, aplicado sobre el avalúo fiscal, puede generar graves consecuencias si no se paga a tiempo. Entre ellas intereses, embargos o incluso el remate del inmueble

¿Qué son las contribuciones? 

En palabras simples, las contribuciones corresponden al impuesto territorial, un tributo que se aplica sobre el avalúo fiscal de las propiedades.

El abogado Sebastián Muñoz jefe del área de Insolvencia de DefensaDeudores.cl explicó en ADN Te Escucha: “Esto comúnmente se utiliza para aludir al impuesto territorial. Es un tributo anual que se aplica a los bienes raíces en nuestro país”.

 

¿Cuándo se pagan las contribuciones? 

Las contribuciones se pagan en cuatro cuotas al año, es decir, de forma trimestral. 

Puedes pagar en cualquier día de estos meses, teniendo como plazo máximo:

  • 30 de abril.
  • 30 de junio.
  • 30 de septiembre.
  • 30 de noviembre.

Si la propiedad tiene un monto inferior a 57 millones de pesos, queda el avalúo exento del pago de este impuesto. En esos casos, los dueños solo pagan el derecho de aseo municipal. 

Existe el certificado deuda contribuciones, disponible en la Tesorería General de la República o en el SII. Este permite conocer si una propiedad tiene deudas vigentes, un documento clave en caso de venta o herencia. 

¿Qué pasa si no se pagan las contribuciones? 

  • Si las contribuciones no se pagan dentro de plazo, la Tesorería General de la República (TGR) le aplica reajustes e intereses mensuales.  
  • En caso de complicaciones para pagar las contribuciones, la TGR permite efectuar convenios de pago. 

  • El incumplimiento en el pago puede terminar derivando en que el Servicio de Tesorerías requiera el remate del bien raíz. 

Este impuesto lo deben pagar todas las personas que sean propietarias de una vivienda, terreno, bodega, estacionamiento u otro inmueble que supere un avalúo fiscal mínimo.

Dicho avalúo lo determina el Servicio de Impuestos Internos (SII) y se reajusta periódicamente. 

¿Qué bienes raíces deben pagar contribuciones?  

  • Propiedades urbanas: casa, departamentos, estacionamientos y bodegas .
  • Propiedades rurales: predios destinados a actividades agrícolas.  

¿Quiénes NO pagan contribuciones?  

  • Propietarios de viviendas con avalúo inferior a $56.846.995.  
  • Propiedades fiscales.  
  • Bienes raíces municipales. 
  • Servicios públicos.  
  • Establecimientos educacionales.  
  • Lugares destinados al culto.  

¿Me pueden embargar por deudas contribuciones? 

Sí. Si el dueño de un inmueble deja de pagar este impuesto, la deuda puede escalar. 

Cuando se adeudan más de dos o tres años de contribuciones la Tesorería se encuentra facultada para iniciar el juicio ejecutivo. Esto significa poder embargar y rematar el inmueble ”, aclara el abogado Muñoz. 

Además, la morosidad genera recargos importantes: 

  • Reajustes según el IPC. 
  • Interés penal del 1,5% mensual por atraso. 
  • Multas adicionales aplicadas por la Tesorería. 

Es decir, la deuda puede crecer rápidamente, transformándose en un riesgo real para quienes no logran regularizarla.

 

Beneficios y convenios de pago 

  • Adultos mayores en situación económica vulnerable que cuentan con una propiedad habitacional.
    Estos pueden acceder a una rebaja en sus contribuciones, otorgada por el SII conocida como “Beneficio adulto mayor”. Trámite que se puede realizar de forma presencial u online. 
  • La Tesorería General de la República ofrece convenios de pago tradicionales y especiales. Permitiendo regularizar la deuda en cuotas iguales, excepto la inicial o la final o ajustar los pagos según capacidad económica.  

Sobre este punto, el abogado Sebastián Muñoz enfatiza: “Es importante que en caso de mora busquen algún tipo de solución. Algún convenio con la Tesorería, o en el caso de los adultos mayores, que se aplique este importante beneficio”. 

El pago de contribuciones no es opcional. Ignorar esta obligación puede derivar en juicios ejecutivos, embargos y hasta el remate de la propiedad. Si tienes dificultades para pagar, lo mejor es buscar asesoría legal a tiempo. 

En DefensaDeudores.cl llevamos más de 25 años ayudando a las personas a encontrar soluciones a sus problemas de deudas.

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