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Me demandaron por deudas. ¿Qué hago?

Escrito por Grupo Defensa | May 28, 2024 2:25:54 PM

Todas las personas tienen derecho a defenderse cuando son demandadas por una institución financiera ante el No pago de sus compromisos.

Una situación que genera estrés, preocupación y ansiedad, y lo que es peor, si no tomas medidas a tiempo, puede transformarse en una situación irreversible y corres el riesgo de perderlo todo.

Generalmente, las llamadas de cobranza asustan, pero la notificación de la demanda judicial, abruma aún más. Es fundamental, en estos casos, la asesoría legal para ver las mejores alternativas de solución.

¿Cómo se comunica la cobranza judicial?

Las demandas por deudas se comunican, a través de una notificación, la que es realizada por un receptor judicial, generalmente de forma personal

¿Hay plazo para la defensa judicial?

Si ya fuiste notificado (a) de una demanda judicial por deudas, es importante reaccionar rápido, porque el plazo para defenderse es de sólo ocho días hábiles. Ten en cuenta que días hábiles son todos los días, excepto los domingos y los feriados.

¿Por qué es importante defenderme ante una demanda judicial?

Es muy importante hacer valer el derecho de defensa porque puedes presentar excepciones a la demanda, que puede resultar beneficioso.

¿Si no me defiendo, qué arriesgo?

Es relevante hacer uso del derecho a defensa para evitar, por ejemplo, el embargo y el posterior remate de tus bienes.

¿Cómo se concreta el embargo?

El receptor judicial va al domicilio informado por el deudor y toma nota de los bienes materiales que ahí se encuentren. En una etapa posterior, si no te defiendes, se concreta el retiro de los mismos.

¿Todos los bienes son embargables?

Todos los bienes son embargables, excepto aquellos indispensables para la subsistencia humana como, por ejemplo, las camas, la cocina, alimentos, entre otros.

¿Puedo oponerme al embargo?

No es posible oponerse cuando existe una orden del tribunal para que intervenga la fuerza pública, pero sí puedes evitarlo. ¿Cómo?

  • Llegando a un acuerdo de pago con el acreedor
  • Presentando excepciones a través de un abogado, y que éstas sean acogidas
  • A través de una tercería de posesión.

¿En qué consiste la tercería de posesión?

Es una acción legal que le permite a una persona, externa a un juicio por deudas, demostrar que los bienes embargados corresponden a su patrimonio y no a la persona deudora que enfrenta a la justicia.

 Es importante saber:

  • Que cuentas con sólo 8 días para defenderte de una demanda judicial.
  • Tomar decisiones anticipadas puede evitar el embargo y el remate de tus bienes.
  • La asesoría legal especializada es clave para encontrar la mejor solución