- Presentar una solicitud de inicio de Procedimiento Concursal de Reorganización, cuyo modelo se encontrará disponible en tribunales, en las dependencias de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento y en el sitio web de la misma.
- Acompañar ante el tribunal competente y la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, según corresponda, los antecedentes exigidos por los artículos 55 y 56 de la Ley N.° 20.720, los que tienen por finalidad determinar el pasivo de la Empresa Deudora.
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